Punzón símbolo Pi para Conformidad de los equipos a presión transportables

Punzon simbolo Pi para Conformidad de los equipos a presión transportables
Punzones Omella fabrica el punzón símbolo Pi para Conformidad de los equipos a presión transportables.

Se trata de un punzón con grabado baja fatiga para su uso en botellas de acero.

Los equipos a presión transportables deberán cumplir las especificaciones de la documentación conforme a la cual se hayan fabricado. Los equipos estarán sujetos a controles periódicos, intermedios y extraordinarios con arreglo al RID y ADR y a los requisitos de los capítulos III y IV del real decreto.

Punzones Omella fabrica los punzones homologados para el marcado del símbolo Pi en aparatos a presión, botellas y botellones para gases comprimidos, licuados y disueltos a presión.

Principios generales del marcado Pi.

  1. El marcado Pi será colocado únicamente por el fabricante o, en los casos de revaluación de la conformidad, con arreglo a lo dispuesto en el anexo II del real decreto por la que se modifica la instrucción técnica complementaria MIE-AP7 del Reglamento de aparatos a presión, referente a botellas y botellones para gases comprimidos, licuados y disueltos a presión, el marcado Π será colocado por el organismo notificado o bajo la supervisión del mismo.
  2. El marcado del símbolo Pi se colocará exclusivamente en los equipos a presión transportables que:
    a) Cumplan los requisitos relativos a la evaluación de la conformidad establecidos en el RID y ADR y en el presente real decreto, o
    b) cumplan los requisitos relativos a la revaluación de la conformidad mencionados en la disposición transitoria única.
    No se colocarán en ningún otro equipo a presión transportable.
  3. Con la colocación del marcado Π, el fabricante indica que asume la responsabilidad de la conformidad del equipo a presión transportable con todos los requisitos aplicables establecidos en el RID y ADR y en el presente real decreto.
  4. A los efectos del presente real decreto, el marcado Π será el único marcado que acredite la conformidad del equipo a presión transportable con los requisitos aplicables establecidos en el RID y ADR y en el presente real decreto.
  5. Queda prohibido fijar en los equipos a presión transportables marcados, signos e inscripciones que puedan inducir a terceros a error sobre el significado o la forma del marcado Pi.
    Cualquier otro marcado se colocará en los equipos a presión transportables de forma que no afecte a la visibilidad, la legibilidad y el significado del marcado Π.
  6. Las partes desmontables de los equipos a presión transportables recargables con una función directa de seguridad llevarán el marcado Pi.
  7. Las Comunidades Autónomas se asegurarán de la correcta aplicación del régimen que regula el marcado Π y emprenderán las acciones oportunas en caso de uso incorrecto del marcado. Las Comunidades Autónomas establecerán asimismo las correspondientes sanciones. Dichas sanciones deberán ser proporcionadas a la gravedad de la infracción y constituir un elemento eficaz de disuasión contra el uso incorrecto del marcado.

Reglas y condiciones para la colocación del marcado Π.

  1. La altura mínima del marcado Π será de 5 mm. Para los equipos a presión transportables con un diámetro igual o inferior a 140 mm la altura mínima será de 2,5 mm.
  2. El marcado Π se colocará en el equipo a presión transportable o en su placa de datos de manera visible, legible e indeleble, así como en las partes desmontables del equipo a presión transportable recargable que cumplan una función directa de seguridad.
  3. El marcado Π se colocará antes de introducir en el mercado un nuevo equipo a presión transportable o partes desmontables del equipo a presión transportable recargable que cumplan una función directa de seguridad.
  4. El marcado Π irá seguido del número de identificación del organismo notificado que intervenga en los controles y ensayos iniciales.
    El número de identificación del organismo notificado lo colocará el propio organismo, o siguiendo sus instrucciones, el fabricante.
  5. El marcado con el Punzón símbolo Pi de la fecha del control periódico o, cuando proceda, del control intermedio deberá ir acompañado del número de identificación del organismo notificado responsable del control periódico.
  6. En relación con las botellas de gas anteriormente conformes con la Orden del Ministerio de Industria y Energía de 3 de julio de 1987, por la que se modifica la instrucción técnica complementaria MIE-AP7 del Reglamento de aparatos a presión, referente a botellas y botellones para gases comprimidos, licuados y disueltos a presión que no lleven
    el marcado con el Punzón símbolo Pi, con ocasión del primer control periódico realizado de conformidad con el presente real decreto el número de identificación del organismo notificado deberá ir precedido del marcado símbolo Pi.

2 comentarios:

  1. ¿Tienen Uds. punzones, similares a los del marcado PI, para el marcado CE?

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